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Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales

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 REQUISITOS Y DOCUMENTOS PARA INSCRIPCIÓN

El cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley se acreditará mediante la presentación ante el Registro de Parejas de Hecho de los siguientes documentos

  • Fotocopia del DNI de ambos, que se presentará junto con el original para su comprobación. En el caso de que uno de los integrantes de la pareja no tenga la nacionalidad española deberá presentar el documento equivalente acreditativo de su identidad.

  • Certificado de empadronamiento de quien tuviera su vecindad administrativa en la CAV.

  • Acreditación del estado civil de ambos mediante certificación del Registro Civil (es suficiente con la “Fe de Vida y Estado” que expide el Registro Civil de la localidad donde la persona esté empadronada,) o documento equivalente en el caso de extranjeros.

  • Declaración jurada de ambos de no tener constituida pareja de hecho con otra persona.

  • Si tienen hijos a su cargo, comunes o de cualquiera de los miembros de la pareja,fotocopia del Libro de Familia junto con el original para cotejar.

  • Sentencia de divorcio o nulidad, o certificado literal de matrimonio en el que conste alguno de esteos extremos, en su caso.

Relaciones económicas de la pareja. Voluntariamente, puesto que la Ley no lo exige, la pareja podrá regular el contenido de sus relaciones económico-patrimoniales mediante la suscripción de un pacto o convenio regulador. El pacto podrá otorgarse en documento público (ante Notario) o privado, y quedará incorporado al Registro de Parejas de Hecho. A eleccion de los interesados, dicho pacto podrá otorgarse en documento público (ante Notario) o privado. El Registro facilita varios  modelos de pacto privado entre los cuales pueden optar los interesados, (no es obligatorio) Estan a su disposicion en las tres Oficinas del Registro  y en el apartado de Formularios de esta web (abajo)

El documento privado debera ir firmado por ambos en todas sus hojas y presentarse por duplicado para quedar incorporado al Registro.

El pacto podrá modificarse tantas veces como disponga la pareja. Deberá presentarse cada modificación al Registro para su incorporación.


 REQUISITOS Y DOCUMENTOS PARA CANCELACIÓN

La pareja de hecho puede extinguirse por cualquiera de las siguientes causas:

  • De común acuerdo.
  • Por decisión unilateral de uno de ellos, comunicada fehacientemente al otro.
  • Por muerte o declaración de fallecimiento de uno de los miembros de la pareja.
  • Por matrimonio, entre los propios miembros de la pareja, o de cualquiera de los componentes.

En el supuesto de que, por común acuerdo o por decisión unilateral se decida disolver la pareja, bastará con la presentación de una solicitud por escrito interesando la cancelación, suscrita por ambos o por el miembro de la pareja que lo realice. En este ultimo caso deberá acompañarse a dicha solicitud documento que acredite la comunicación fehaciente a la otra parte (telegrama, burofax, acta notarial etc.) de la intención de cancelar la inscripción.

Cuando la cancelación sea por matrimonio o fallecimiento deberá igualmente instarse por escrito, acompañando el correspondiente certificado de matrimonio o de defunción.

Los efectos de  la cancelación -salvo por  motivo de fallecimiento o matrimonio- son desde la fecha en que se dicte resolucion al efecto.

La cancelacion origina la disolución del régimen económico patrimonial pactado


 RECOGER FORMULARIOS

Puede Optar a recoger los formularios necesarios en esta web sin necesidad de acercase a los puntos de tramitación de Registro de Parejas de Hecho. Estos formularios deberá entregarlos debidamente cumplimentados en la Oficina del Registro de Parejas de Hecho ubicada en la Delegación de Vivienda y Asuntos Sociales de su Territorio Histórico.

Fecha de la última modificación: 02/04/2008